Saltar la navegación

Requisitos para la certificación orgánica y organismos certificadores.

Requisitos para la producción orgánica según la organización de las naciones unidas para la alimentación y la agricultura (FAO).

Logo FAO

Los requisitos a continuación son los solicitados por la FAO:

  • Cumplir con un periodo de transición de la finca (2 a 3 años).
  • Utilizar métodos de producción orgánicos antes de certificarse.
  • Selección de semillas y materiales vegetales no modificados.
  • Mantenimiento de la fertilidad del suelo con insumos orgánicos.
  • Emplear el reciclaje de materias orgánicas.
  • Mínima de labranza.
  • Conservación del agua.
  • Control de plagas y enfermedades amigables con el ambiente.
  • Agencia certificadora debe ser reconocida internacionalmente.

Para saber más en específico de los requisitos según la FAO puede visitar el siguiente acceso de internet:

Organic Agriculture: ¿Qué es la agricultura orgánica?

En el caso de Costa Rica a partir del año de 1995 se estableció la Legislación sobre agricultura ecológica en la Ley Orgánica del Ambiente (Nº 7554) y la Ley de Protección Fitosanitaria (Nº7664) de 1998. Para el año 2006 se aprueba la Ley de Desarrollo, promoción y fomento de la actividad agropecuaria orgánica (Nº 8542), donde el Estado costarricense, se compromete a facilitar los instrumentos necesarios para el desarrollo, el fomento y la administración de la agricultura, denominada ecológica.
 

La agricultura orgánica es regulada a través la Ley Nº 7554 Ley Orgánica del Ambiente, donde le otorga al Ministerio de Agricultura y Ganadería la competencia como ente rector de fijar políticas, que regulen la materia según el reglamento de agricultura orgánica N.º 29782-MAG, además, señala la importancia de producir orgánicamente por medio de los siguientes enunciados:

Principales requisitos que solicita el reglamento de agricultura orgánica n.º 29782 del Ministerio de Agricultura y Ganadería en el país para certificarse como fincas orgánicas

  • Para iniciar un periodo de transición se deben cumplir con los plazos y otros aspectos de la certificación orgánica, descritos en el presente reglamento de agricultura orgánica.

  • Para iniciar un periodo de transición el terreno pasa por los ajustes necesarios para un cambio de manejo y la producción de los productos en transición.
     
  • No se permite la utilización de organismos genéticamente modificados o productos provenientes de tales organismos.
     
  • Se prohíbe la producción paralela (convencional y orgánica), deben estar separadas.
     
  • Áreas expuestas a una eventual contaminación de sustancia no aceptada por el reglamento, deberán disponer de barreras físicas y naturales, que garanticen la integridad del área.
     
  • En cuanto a insumos agrícolas para el cultivo deben estar autorizados en el presente reglamento de agricultura orgánica.
     
  • Para semillas y almácigos deben usar semilla certificada orgánica dando prioridad al uso de variedades endémicas y para el tratamiento de la semilla lo autorizado en el anexo B del presente reglamento.
     
  • En el caso del uso del agua para riego de alguna fuente debe protegerse por medio de un plan dirigido a la conservación del recurso. El agua debe estar libre de contaminación, así como garantizar la inocuidad y calidad del producto final.
     
  • Promover el uso de prácticas culturales en la finca y la implementación de un programa de manejo y conservación de suelos.

El Reglamento de Agricultura Orgánica N.º 29782 del Ministerio de Agricultura y Ganadería se puede accesar en la siguiente dirección de internet, tan solo dé clic al enlace:

Reglamento de agricultura orgánica

Logo mac

Organismos certificadores en Costa Rica

Para la obtención de la certificación orgánica, la Organización para las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación menciona que las normas son creadas principalmente por agencias certificadoras privadas, pero también muchos países han creado normas nacionales. En Centroamérica, el Gobierno de Costa Rica ha establecido sus propias reglas y los otros países están en el proceso de crear y poner en práctica las suyas, con el fin de apoyar al
sector de la agricultura orgánica.
 

La selección de la agencia certificadora es muy importante. La agencia que escoja la persona productora debe estar reconocida oficialmente y ser de confianza para la persona compradora en el país importador. Las agencias
certificadoras nacionales a menudo son menos costosas que las agencias internacionales, pero podrían no ser tan conocidas en algunos mercados extranjeros.
 
Para bajar el costo de la certificación, las personas productoras pueden agruparse y crear un sistema de control interno, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Al hacer esto, es importante que los productores tengan en cuenta que deben confiar y trabajar juntos, ya que dependerán mucho unos de otros.
 

A continuación, se presentan dos organismos certificadores en Costa Rica como Kiwa B.C.S y Eco-LOGICA donde se facilita el acceso por medio de links con los procedimientos para certificarse orgánicamente.

De clic a continuación en ambos links:

Creado con eXeLearning (Ventana nueva)