
Los datos relativos al comportamiento crediticio se consideran datos personales de acceso restringido, ya que son de interés solo para su titular o para la Administración Pública y no son de acceso irrestricto. Estos datos pueden incluir información sobre el historial de pagos, deudas, y cualquier otra información financiera relevante que permita evaluar la solvencia de una persona. Al respecto, el artículo 9 de la Ley N°8968, señala que este tipo de datos personales se regirán por las normas que regulan el Sistema Financiero Nacional.
Para más información, revise los siguientes documentos: